¿Cómo hacerse pareja de hecho en Cataluña?

Formar una pareja de hecho se está volviendo un acto muy común tanto en España como en el mundo. En diciembre del 2019, el Instituto Nacional de Estadística, estimó que aproximadamente más de 2 millones de parejas viven bajo esta modalidad. Hacerse pareja de hecho en Cataluña forma parte especial de tal boletín informativo.

Desvelando mitos y leyendas, ¿qué es una pareja de hecho realmente?

El término dentro del aspecto legal es utilizado para describir a aquellas parejas, bien heterosexuales u homosexuales, que viven sin la regulación del matrimonio. 

Los fines de esta unión pueden ser diversos, pero por lo general, siempre encausa en la misma vertiente, formar una familia. Sin embargo, desde un principio se debe tener muy claro que los derechos de una pareja de hecho, no son ni remotamente similares a los de un matrimonio. Desde A. Ramírez & Asociados esperamos resolver todas tus dudas para que no cometas ningún error.

Tomando esto en cuenta, ¿hacerse pareja de hecho en Cataluña es posible? ¡Claro que sí!

Una pareja de hecho en Cataluña pasa por el mismo proceso que aquellas que viven en cualquier otra provincia, variando en algunos aspectos. 

En primer lugar, el dúo debe atenerse al Código Civil Catalán donde establece una serie de parámetros para hacerse una pareja de hecho en Cataluña. Es considerada como tal en los siguientes casos:

  • Si están empadronados juntos en el momento de la firma ante notario.
  • Si durante la convivencia, sucede el nacimiento de un hijo en común.
  • Si tienen voluntad y deseo propio para consumar su situación ante un notario.

 

Claro, te preguntarás adónde van a parar los datos de los contribuyentes al sistema. Es simple, si se cumple el proceso al pie de la letra, el Registro de Parejas Estables es el destino final.

Esta entidad acredita a la pareja protagónica y empieza un registro administrativo que funge como punto de partida para dar paso a ciertos derechos posteriores. ¿Cuáles son? Nada más y nada menos que la pensión de viudez y el derecho a la residencia comunitaria.

¿Seguro de querer formar una pareja de hecho en Cataluña? ¡Entérate de sus requisitos, derechos y efectos!

Querer hacerse una pareja de hecho en Cataluña debe ser deseado por ambos y considerar todos los escenarios. Conoce más profundamente lo que necesites sobre este tema delicado.

En cuanto a sus requisitos

  • Mayoría de edad o emancipación comprobada.
  • Ningún parentesco o consanguinidad.
  • Identificación y certificado de nacimiento de los involucrados.
  • Registro histórico de convivencia.
  • Certificado o libro genealógico en caso de nacimiento de un hijo en común.
  • Ausencia de unión matrimonial.

Derechos de una pareja de hecho en Cataluña

Como ya se mencionó anteriormente, los derechos más importantes son el acceso a la pensión de viudez y la obtención de la residencia comunitaria. En relación al primer nombrado, se deben tener más de 5 años de convivencia directa sin perturbaciones. 

Además, es necesario constar en el registro, la existencia legal de la pareja de hecho con dos años de antelación. De esta manera, serán candidatos a la obtención de la pensión de viudez a la espera de la sentencia de un tribunal.

¡No olvides sus efectos inmediatos tras una disociación!

Primeramente, un conviviente tiene derecho a ser justamente remunerado si ha aportado económicamente más de la cuenta en comparación con el otro. 

En segundo lugar, un conviviente, bajo efectos de extinción de la pareja de hecho, puede exigir una pensión alimenticia al otro si es el caso. 

Como tercer punto importante, ninguno de los dos convivientes puede enajenar o gravar bienes inmuebles sin el consentimiento previo del otro o autorización judicial.

 

Finalmente, pero no menos importante, cada conviviente, en caso de hijos en común, tiene derecho a gestionar la guarda y régimen de visitas al hijo. ¿Están seguros de que quieren hacerse pareja de hecho en Cataluña? ¡Nosotros le ayudamos!